JurídicoESEN
Order (Auto)April 15, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Diego Echeverri Ochoa Y Otros·Respondent Supersalud

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia en materia de tutela, suscitado entre el Juzgado Civil Laboral de Caucasia y el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Oralidad de Medellín.

En este caso se constató que solo se configuró un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho judicial se abstuvo de asumir el conocimiento de la solicitud de amparo y decidió remitir el expediente a la otra autoridad mencionada, con base en la regla de reparto contenida en el Decreto 1834 de 2015.

Ello, sin comprobar la concurrencia de identidad de sujeto pasivo, causa y objeto exigidos para el efecto.

Con lo anterior, no solo incumplió con la carga argumentativa que dicha norma impone, desconociendo la jurisprudencia constitucional sobre la materia, sino que además, ignoró que la Oficina de Reparto, en aplicación del citado Decreto, verificó la respectiva acumulación de tutelas masivas y precisó que el conocimiento de la solicitud de amparo le correspondía, justamente, a él.

Se dirime el conflicto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Civil Laboral del Circuito de Caucasia para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Al otro operador jurídico se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 24 de noviembre de 2021 proferido por el Juzgado Civil Laboral del Circuito de Caucasia, Antioquia, dentro del expediente ICC-3931.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Civil Laboral del Circuito de Caucasia el expediente ICC-3931 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar en relacion con la accion de tutela interpuesta por Diego Echeverri Ochoa y 12 ciudadanos mas contra la Superintendencia Nacional de Salud.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  4. Decimo. Civil del Circuito de Oralidad de Medellin que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  5. CUARTO. Por medio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Veinticuatro Administrativo Oral de Medellin.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.